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​RESOLUCIÓN SRI - NAC-DGERCGC25-00000014

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  • ​RESOLUCIÓN SRI - NAC-DGERCGC25-00000014
  • 29 de julio de 2025 por
    ​RESOLUCIÓN SRI - NAC-DGERCGC25-00000014
    Maria Fernanda Aguilar Chamba


    Estimado cliente:


    Le informamos que la Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-00000014 entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y será aplicable desde el 1 de agosto de 2025. 

    A continuación, le detallamos los principales cambios que debe tener en cuenta:

    1. Autorización el mismo día:
      Los comprobantes electrónicos (facturas, retenciones y documentos complementarios) deberán ser autorizados en la misma fecha de su emisión.
    2. Plazo para anular comprobantes electrónicos:
      La anulación de comprobantes electrónicos solo podrá realizarse hasta el día 10 del mes siguiente a su emisión.
    3. Emisión de notas de crédito fuera de plazo:
      Si ya no es posible anular el comprobante por haber vencido el plazo, deberá emitirse una nota de crédito.
    4. Aceptación del receptor para anulación:
      En el caso de retenciones, notas de crédito y notas de débito, se requerirá la aceptación del receptor para proceder con la anulación.
      • El receptor tendrá 5 días hábiles para aceptar o rechazar la solicitud de anulación.
      • Si no se recibe respuesta en ese plazo, la solicitud se considerará sin efecto y el comprobante mantendrá su validez.
    5. Notas de crédito con límite de tiempo:
      Las notas de crédito podrán emitirse en los casos establecidos por el Reglamento, hasta 12 meses después de la fecha de emisión del comprobante original.
    6. Facturas a “consumidor final”:
      Las facturas electrónicas emitidas con la leyenda “consumidor final” no podrán ser anuladas una vez enviadas al SRI. En estos casos, no se permite emitir notas de crédito.

    Quedamos atentos a cualquier inquietud o asistencia que necesite.


    Agradecemos su atención y cumplimiento con esta nueva normativa.


    Descargar   Resolución 14 - ​​PD​​F


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    ​RESOLUCIÓN SRI - NAC-DGERCGC25-00000017